A quién se aplica
Personas que evalúan la opción de residencia en Puerto Rico basada en la presencia anual, junto con los demás criterios de residencia «de buena fe» (bona fide).
El criterio de permanencia de 183 días en Puerto Rico es una de las varias alternativas contempladas en la Publicación 570. La residencia «de buena fe» (bona fide) también requiere cumplir con las pruebas de «domicilio fiscal» (tax home) y de «vínculos más estrechos» (closer connection). El simple hecho de cumplir con el requisito de permanencia no establece por sí solo una residencia de buena fe.
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El criterio de permanencia de 183 días en Puerto Rico es una de las varias alternativas contempladas en la Publicación 570. La residencia «de buena fe» (bona fide) también requiere cumplir con las pruebas de «domicilio fiscal» (tax home) y de «vínculos más estrechos» (closer connection). El simple hecho de cumplir con el requisito de permanencia no establece por sí solo una residencia de buena fe.
Personas que evalúan la opción de residencia en Puerto Rico basada en la presencia anual, junto con los demás criterios de residencia «de buena fe» (bona fide).
Una de las cinco pruebas de presencia para la residencia de buena fe; también se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha. Las condiciones del decreto de la Ley 60 son aparte.
Las fechas registradas de llegada y salida cuentan una vez. No se calculan el historial de viajes faltante, otras condiciones de elegibilidad ni los resultados del tratado.
Estos ejemplos ilustran el cálculo, tomando como fecha de referencia el 30 de octubre de 2026. No determinan la situación legal ni la elegibilidad.
Resultado registrado: 10 días
Resultado registrado: 15 días
Resultado registrado: 16 días
Una de las cinco pruebas de presencia para la residencia de buena fe; también se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha. Las condiciones del decreto de la Ley 60 son aparte.
Consulte la fuente oficial para conocer las condiciones completas y cualquier modificación realizada después de la fecha de revisión indicada en esta página.
El total de días registrados es un componente. Revise las condiciones y excepciones separadas descritas en esta página.
Este contador utiliza el año natural (calendario). Un periodo móvil y un año natural pueden arrojar totales diferentes.
El criterio de permanencia de 183 días en Puerto Rico es una de las varias alternativas contempladas en la Publicación 570. La residencia «de buena fe» (bona fide) también requiere cumplir con las pruebas de «domicilio fiscal» (tax home) y de «vínculos más estrechos» (closer connection). El simple hecho de cumplir con el requisito de permanencia no establece por sí solo una residencia de buena fe.
Año natural. Las fechas de llegada y salida registradas se contabilizan una vez. No se incluyen en el cálculo el historial de viajes incompleto, otras condiciones de elegibilidad ni los resultados derivados de tratados.
Una de las cinco pruebas de presencia para la residencia de buena fe; también se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha. Las condiciones del decreto de la Ley 60 son aparte.
Leer Publicación 570 del IRS ↗. La fuente se revisó por última vez el .
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Descargar Untild para iPhone ↗Última comprobación de la fuente: . Esta es la fecha de revisión de la fuente; no implica que se hayan calculado todos los requisitos legales.
Más de 183 días en un año natural
Se activa el día 183 • año calendario
Residencia presunta • año calendario
Se activa el día 180 • año calendario
Al menos 200 días en Australia (año natural)
No más de 42 días en un período de seis meses