A quién se aplica
Personas admitidas bajo el estatus B1/B2 que cuentan con un registro I-94 en el que se especifica una fecha autorizada de finalización de la estancia.
En Estados Unidos, la duración de la estancia permitida a un visitante se rige por el registro de admisión, y no por la fecha de caducidad impresa en el visado.
Compruebe sus propias fechas: Visitante con visado B1/B2 (EE. UU.): fecha de finalización autorizada — calculadora →
En Estados Unidos, la duración de la estancia permitida a un visitante se rige por el registro de admisión, y no por la fecha de caducidad impresa en el visado.
Personas admitidas bajo el estatus B1/B2 que cuentan con un registro I-94 en el que se especifica una fecha autorizada de finalización de la estancia.
Introduzca la fecha real que figura en su formulario I-94 y actualícela tras obtener una prórroga aprobada oficialmente o tras una nueva admisión. Este recordatorio no determina la admisibilidad ni autoriza una estancia más prolongada.
Este recordatorio utiliza la fecha de llegada introducida y la fecha límite de salida autorizada. No calcula la fecha de finalización autorizada a partir de su visado o de su historial de viajes.
Estos ejemplos ilustran el cálculo, tomando como fecha de referencia el 30 de octubre de 2026. No determinan la situación legal ni la elegibilidad.
Para este ejemplo, el evento o estancia seleccionado comienza el 01/01/2026 y el permiso concedido finaliza el 31/12/2026. El contador se basa en estas fechas.
Periodo evaluado: 303 días · fecha de recordatorio
Para este ejemplo, el evento o estancia seleccionado comienza el 01/01/2026 y el permiso concedido finaliza el 31/12/2026. El contador se basa en estas fechas. En este caso, se alcanza el requisito el 30/09/2026.
Periodo evaluado: 273 días
Para este ejemplo, el evento o estancia seleccionado comienza el 28/02/2026 y el permiso concedido finaliza el 31/12/2026. El contador se basa en estas fechas.
Periodo evaluado: 245 días · fecha de recordatorio
Introduzca la fecha límite para su salida, según consta en su registro de admisión I-94. Esta fecha puede diferir de la fecha de caducidad del visado. Actualice el recordatorio tras obtener una prórroga aprobada oficialmente o tras una nueva admisión. Introduzca su fecha real de salida para desactivar este recordatorio de estancia.
Consulte la fuente oficial para conocer las condiciones completas y cualquier modificación realizada después de la fecha de revisión indicada en esta página.
El contador registra las fechas documentadas. Su permiso real, su estatus migratorio y otras condiciones son cuestiones independientes.
La calculadora utiliza únicamente las fechas que usted introduce. Si falta información en su historial, el resultado podría estar incompleto.
En Estados Unidos, la duración de la estancia permitida a un visitante se rige por el registro de admisión, y no por la fecha de caducidad impresa en el visado.
Permiso o fecha límite que usted ha ingresado. Este recordatorio utiliza la fecha de llegada y la fecha límite de salida autorizada que usted ha proporcionado. No calcula la fecha de finalización autorizada a partir de su visado o historial de viajes.
Introduzca la fecha límite para su salida, según consta en su registro de admisión I-94. Esta fecha puede diferir de la fecha de caducidad del visado. Actualice el recordatorio tras obtener una prórroga aprobada oficialmente o tras una nueva admisión. Introduzca su fecha real de salida para desactivar este recordatorio de estancia.
Leer Departamento de Estado de los EE. UU. ↗. La fuente se revisó por última vez el .
Haz un seguimiento de tus días registrados y de los recordatorios seleccionados en Untild, junto con tus otros contadores de viajes.
Descargar Untild para iPhone ↗Última comprobación de la fuente: . Esta es la fecha de revisión de la fuente; no implica que se hayan calculado todos los requisitos legales.
90 días • por cada admisión
913 días • últimos 5 años
548 días • últimos 3 años
180 días • Periodo total
183 días ponderados en 3 años · al menos 31 este año
330 días completos en países extranjeros durante 12 meses