A quién se aplica
Personas que revisan una de las vías alternativas de presencia para la residencia en un territorio de Estados Unidos.
Permanecer no más de 90 días en los Estados Unidos constituye una de las pruebas alternativas de presencia para determinar la residencia bona fide en un territorio, conforme a la Publicación 570 del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Se trata de una condición, no de una exención fiscal independiente. Revise también los requisitos relativos al «domicilio fiscal» (tax home) y a los «vínculos más estrechos» (closer connection).
Compruebe sus propias fechas: Territorios de EE. UU.: prueba de presencia de 90 días en EE. UU — calculadora →
Permanecer no más de 90 días en los Estados Unidos constituye una de las pruebas alternativas de presencia para determinar la residencia bona fide en un territorio, conforme a la Publicación 570 del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Se trata de una condición, no de una exención fiscal independiente. Revise también los requisitos relativos al «domicilio fiscal» (tax home) y a los «vínculos más estrechos» (closer connection).
Personas que revisan una de las vías alternativas de presencia para la residencia en un territorio de Estados Unidos.
Una prueba de presencia alternativa para residencia bona fide en Puerto Rico, las Islas Vírgenes Estadounidenses, Guam, Samoa Americana o las Islas Marianas del Norte. También se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha.
Las fechas registradas de llegada y salida cuentan una vez. No se calculan el historial de viajes faltante, otras condiciones de elegibilidad ni los resultados del tratado.
Estos ejemplos ilustran el cálculo, tomando como fecha de referencia el 30 de octubre de 2026. No determinan la situación legal ni la elegibilidad.
Resultado registrado: 10 días
Resultado registrado: 15 días
Resultado registrado: 16 días
Una prueba de presencia alternativa para residencia bona fide en Puerto Rico, las Islas Vírgenes Estadounidenses, Guam, Samoa Americana o las Islas Marianas del Norte. También se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha.
Consulte la fuente oficial para conocer las condiciones completas y cualquier modificación realizada después de la fecha de revisión indicada en esta página.
El total de días registrados es un componente. Revise las condiciones y excepciones separadas descritas en esta página.
Este contador utiliza el año natural (calendario). Un periodo móvil y un año natural pueden arrojar totales diferentes.
Permanecer no más de 90 días en los Estados Unidos constituye una de las pruebas alternativas de presencia para determinar la residencia bona fide en un territorio, conforme a la Publicación 570 del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Se trata de una condición, no de una exención fiscal independiente. Revise también los requisitos relativos al «domicilio fiscal» (tax home) y a los «vínculos más estrechos» (closer connection).
Año natural. Las fechas de llegada y salida registradas se contabilizan una vez. No se incluyen en el cálculo el historial de viajes incompleto, otras condiciones de elegibilidad ni los resultados derivados de tratados.
Una prueba de presencia alternativa para residencia bona fide en Puerto Rico, las Islas Vírgenes Estadounidenses, Guam, Samoa Americana o las Islas Marianas del Norte. También se aplican las pruebas de domicilio fiscal y de conexión más estrecha.
Leer Publicación 570 del IRS ↗. La fuente se revisó por última vez el .
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183 días ponderados en 3 años · al menos 31 este año
330 días completos en países extranjeros durante 12 meses
Menos de 183 días en los EE. UU. este año · Formulario 8840
90 días • por cada admisión
913 días • últimos 5 años
548 días • últimos 3 años