A quién se aplica
Personas que revisan su presencia o domicilio en Luisiana, o la disponibilidad de una vivienda permanente en dicho estado.
Luisiana considera el domicilio, un lugar de residencia permanente o una estancia superior a seis meses en el estado como fundamentos independientes para establecer la residencia.
Compruebe sus propias fechas: Registro de presencia en Luisiana: revisión de seis meses — calculadora →
Luisiana considera el domicilio, un lugar de residencia permanente o una estancia superior a seis meses en el estado como fundamentos independientes para establecer la residencia.
Personas que revisan su presencia o domicilio en Luisiana, o la disponibilidad de una vivienda permanente en dicho estado.
El requisito de seis meses no debe interpretarse como una regla universal y exacta de 184 días. Si bien las fechas registradas sirven para documentar el tiempo de permanencia en Luisiana, una persona puede ser considerada residente —ya sea por domicilio o por contar con una residencia permanente— incluso si ha permanecido menos días.
Cuenta las fechas registradas en Luisiana durante el año natural, incluyendo días parciales. Los días registrados en EE. UU. sin especificar un estado no se contabilizan.
Estos ejemplos ilustran el cálculo, tomando como fecha de referencia el 30 de octubre de 2026. No determinan la situación legal ni la elegibilidad.
Resultado registrado: 10 días
Resultado registrado: 15 días
Resultado registrado: 16 días
El requisito de seis meses no debe interpretarse como una regla universal y exacta de 184 días. Si bien las fechas registradas sirven para documentar el tiempo de permanencia en Luisiana, una persona puede ser considerada residente —ya sea por domicilio o por contar con una residencia permanente— incluso si ha permanecido menos días.
Consulte la fuente oficial para conocer las condiciones completas y cualquier modificación realizada después de la fecha de revisión indicada en esta página.
Esta página registra la presencia como prueba. El seguimiento no establece un mínimo legal ni determina el domicilio.
Este contador utiliza el año natural (calendario). Un periodo móvil y un año natural pueden arrojar totales diferentes.
Luisiana considera el domicilio, un lugar de residencia permanente o una estancia superior a seis meses en el estado como fundamentos independientes para establecer la residencia.
Año natural. Año natural. Contabiliza las fechas registradas en Luisiana durante el año natural, incluidos los días parciales. Los días registrados en EE. UU. sin especificar el estado no se contabilizan.
El requisito de seis meses no debe interpretarse como una regla universal y exacta de 184 días. Si bien las fechas registradas sirven para documentar el tiempo de permanencia en Luisiana, una persona puede ser considerada residente —ya sea por domicilio o por contar con una residencia permanente— incluso si ha permanecido menos días.
Leer Legislatura de Luisiana — RS 47:31 ↗. La fuente se revisó por última vez el .
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183 días ponderados en 3 años · al menos 31 este año
330 días completos en países extranjeros durante 12 meses
No más de 90 días en los EE. UU. por año fiscal
Menos de 183 días en los EE. UU. este año · Formulario 8840
Vivienda allí + más de 183 días
Personas domiciliadas: 30 días o menos, sin vivienda en NY